¿Cómo declarar criptomonedas en la Renta 2024?

9:32 2 de abril de 2025

Este miércoles 2 de abril arranca la Campaña de la Declaración de la Renta de 2024, una fecha clave para la mayoría de inversores que residen en España. La mayoría de las inversiones (salvo los planes de pensiones) se declaran en la base imponible del ahorro, que aplica un tipo impositivo (el porcentaje de impuestos que pagas) sobre el total de las posiciones cerradas que variará en función de cuánto dinero hayamos ganado. Entre esas inversiones, también debemos declarar los beneficios o pérdidas generadas con las criptomonedas.

El 2024 fue un año histórico en el mundo de las criptomonedas. La irrupción de los ETFs en Estados Unidos a principio de año que permitían replicar el comportamiento del Bitcoin fue un evento clave que permitió recuperar la confianza de los inversores en ellas, ofreciendo un marco legal con mayores garantías. Además, el halving, evento que ocurre cada 4 años y que reduce a la mitad la recompensa que reciben los mineros, o la victoria electoral de Donald Trump, que prometió hacer de Estados Unidos la capital criptográfica del mundo, fueron otros de los motivos que llevaron a los inversores a decantarse por las criptomonedas generando cuantiosas revalorizaciones que ahora deben declarar a Hacienda. Pero ¿cómo se deben incluir las criptomonedas en la Declaración de la Renta?

Imagen de documentos en un artículo sobre cómo declarar criptomonedas en la Declaración de la Renta 2024

¿Cómo incluir las criptomonedas en la Declaración de la Renta?

Hacienda ha visto el filón que existe con el tema cripto y está claro que no va a dejarlo escapar ya que es un mercado que no para de crecer. Este año existe una casilla específica de criptomonedas en la declaración del IRPF: la casilla 1800. En ella, los inversores deberán declarar sus criptomonedas, siempre y cuando las hayan vendido o intercambiado. Es decir: solo tendrán que declarar si su inversión en criptomonedas ha generado ganancias o pérdidas o si han utilizado estos activos para pagar una operación, ya que, en este caso, se considerará como una venta. En caso de que las criptomonedas simplemente se hayan adquirido, por su parte, estas no tendrán que incluirse en la Declaración de la Renta.

En concreto, en la casilla 1800 deberán incluir la siguiente información de sus criptomonedas:

  • El nombre del criptoactivo (bitcoin, ethereum, solana, polkadot…).  
  • El valor de transmisión.  
  • El valor de adquisición.

En caso de haber tenido pérdidas, los inversores podrán compensarlas con otras ganancias patrimoniales. Si aún así te quedan pérdidas por compensar, podrás compensarlas en los 4 años siguientes.

 

¿Qué tipos impositivos se aplican a las criptomonedas?

Como en el resto de las inversiones que tendrás que declarar, los beneficios obtenidos en criptomonedas tributan de la siguiente manera, ya que forman parte de la base de ahorro:

  • Si los beneficios de las operaciones realizadas con criptomonedas son menores de los 6.000 euros, el pago del Impuesto sobre la Renta es del 19%.
  • Si los beneficios de las operaciones realizadas con criptomonedas son mayores a los 6.000 euros pero menores de 50.000 euros, el pago del impuesto sobre la renta es del 21%.
  • Cuando los beneficios de las operaciones realizadas con criptomoneda son mayores a los 50.000 euros y menores de 200.000 euros, el impuesto sube a un 23%.
  • Si son mayores a 200.000 euros pero menores de 300.000, tendrás que tributar al 27%.
  • Si son mayores a 300.000 euros, el impuesto ascenderá a un 28%.
Tipos impositivos para declarar criptomonedas
 
 

¿Cómo tributan los ETFs de criptomonedas?

Un ETF es un tipo de activo financiero que replica el comportamiento de un sector, índice, materia prima u otro activo subyacente. Los ETF se pueden comprar y vender en bolsa de la misma manera que una acción al contado. 

Los ETN de Bitcoin o de otras criptomonedas son activos que nos permitirán replicar su precio con la mayor liquidez posible, sin necesidad de tener que comprarlo de manera directa. Así, si adquirimos un ETN de Bitcoin y el precio de la criptomoneda sube un 100%, nuestra inversión subirá un 100%. La única diferencia es que no seremos propietarios de un bitcoin, aunque sí estaremos expuestos a la fluctuación de la cotización. La gran ventaja es que la custodia la hace la sociedad gestora reduciendo el riesgo de hackeo en comparación con tener una cuenta en un Exchange o monedero digital. Como consecuencia, aquellos inversores que vendieron un ETN de Bitcoin o cualquier otra criptomoneda se verán obligados a incorporar la información requerida en su declaración de la renta. 

Al igual que ocurre con las criptomonedas, los beneficios obtenidos a partir de los ETN de criptomonedas tributarán en la Declaración de la Renta de la siguiente manera: 

  • Si los beneficios de las operaciones realizadas con criptomonedas son menores de los 6.000 euros, el pago del Impuesto sobre la Renta es del 19%.
  • Si los beneficios de las operaciones realizadas con criptomonedas son mayores a los 6.000 euros pero menores de 50.000 euros, el pago del impuesto sobre la renta es del 21%.
  • Cuando los beneficios de las operaciones realizadas con criptomoneda son mayores a los 50.000 euros y menores de 200.000 euros, el impuesto sube a un 23%.
  • Si son mayores a 200.000 euros pero menores de 300.000, tendrás que tributar al 27%.
  • Si son mayores a 300.000 euros, el impuesto ascenderá a un 28%.
 
Tipos impositivos para declarar criptomonedas
 

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Actualmente existen diversos productos disponibles que nos permitirán replicar el comportamiento de las criptomonedas.

 

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